Defensa Penal Rancagua

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Artículo 318 del Código Penal en época de pandemia y cuarentena

Desde que estamos en pandemia hemos visto en las noticias que muchísimas personas han sido detenidas por el famoso artículo 318 del Código Penal…Qué significa eso? es una norma legal que sanciona a toda aquella persona natural o jurídica que pudiese afectar la salud pública.

Dicho artículo fue modificado por la Ley Nro. 21.240 que estable un aumento de pena, una agravante, dos nuevos delitos e incluso, responsabilidad penal para las personas jurídicas.

AUMENTO DE LA PENA

Presidio: se aumenta la pena de presidio menor en su grado mínimo (61 días a 540 días) a presidio menor en su grado mínimo a medio, es decir la nueva pena aplicable va desde los 61 días a 3 años.

Multas: se aumenta el monto máximo, pudiendo llegar ahora de las 6 hasta las 200 UTM (aproximadamente entre 300 mil y 10 millones de pesos).

AGRAVANTE

Se incluye una agravante en caso de que el delito se cometa mediante la convocatoria «a espectáculos, celebraciones o festividades prohibidas por la autoridad sanitaria en tiempo de catástrofe, pandemia o contagio.”

Los nuevos delitos:

* Art. 318 bis: sanciona a quienes en contexto de pandemia, epidemia o contagio generen, a sabiendas, riesgo de propagación de agentes patológicos con infracción de una orden de la autoridad sanitaria. Pena: presidio menor en su grado medio o máximo, es decir, de 541 días a 5 años, y una multa de 25 a 250 UTM (pudiendo llegar hasta los $12,5 millones aprox.).

* Art. 318 ter: Sanciona a los empleadores que, a sabiendas y teniendo autoridad para disponer del trabajo de un subordinado, le ordenen concurrir a su lugar de trabajo cuando éste sea distinto a su domicilio o residencia, y el trabador se encuentre en cuarentena o aislamiento sanitario obligatorio decretado por la autoridad sanitaria.Pena: Presidio menor en sus grados mínimo a medio, es decir, desde 61 días a 3 años, y una multa de 10 a 200 UTM, pena que se aplicará en forma independiente al empleador por cada trabajador al que le hubiere ordenado concurrir a su lugar de trabajo en las condiciones mencionadas.

Si has sido detenido y tienes algún caso vigente no dudes en contactar al estudio jurídico Defensoria Marchant para que te asesore una abogada especialista en la materia.

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